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ANEXO I - Términos y Condiciones del PLAN MULTIASISTENCIA CREDITON
RESUMEN DE COBERTURA PARA BENEFICIARIOS DE CREDITON
ASISTENCIAS:
· Hogar: Sanitaria, Electricidad, Cerrajería, Vidriería
o COBERTURA MONTO (**): Hasta $ 1.800 por evento.
o EVENTOS: Hasta 2 servicios por año.
· Auxilio Mecánico: Traslado en todo el país, radio de hasta 50 km.
o COBERTURA MONTO (**): Hasta $ 1.800 por evento.
o EVENTOS: Hasta 2 servicios por año.
· Asistencia a Mascotas (*): Consultas Urgentes o Coordinadas a domicilio o en consultorio.
o COBERTURA MONTO (**): Hasta $ 1.800 por evento.
o EVENTOS : Hasta 2 servicios por año.
· Asistencia a Mascotas: Envío de ración a domicilio sin costo (NO INCLUYE EL COSTO DE LA RACIÓN), orientación telefónica, orientación legal de la mascota.
o COBERTURA MONTO (**): N/A.
o EVENTOS: Hasta 2 servicios por año.
· Telemedicina: Acceso a la plataforma de videoconsulta de Doctari, staff médico para coordinación de consultas con las diferentes especialidades; Medicina General, Nutricionista, Psicología, Psiquiatría, Ginecología.
o COBERTURA MONTO (**): N/A.
o EVENTOS : Hasta 2 servicios por año.
*Asistencia a Mascotas es un servicio que se presta exclusivamente en Montevideo.
**Los montos mencionados incluyen IVA.
ASISTENCIA PORTO SERVICIOS PARA CLIENTES DE CREDITON
Los servicios asistenciales se regirán por el Contrato y por las siguientes Condiciones Generales, para la prestación del Servicio de Asistencia Domiciliaria, Auxilio Mecánico, Asistencia a Mascotas y Telemedicina. Las prestaciones de PORTO SERVICIOS se brindarán de acuerdo a lo establecido en estas Condiciones Generales, a los beneficiarios titulares (en adelante “los Beneficiarios” designados por CREDITON (en adelante “el Contratante” ). Para solicitar los servicios asistenciales aquí incluidos, el beneficiario deberá, en todos los casos, comunicarse con la Central de Operaciones de PORTO SERVICIOS, dando sus datos personales, para contar con la autorización correspondiente.
Definiciones:
a) Beneficiario: Es toda aquella persona física designada por el Contratante y que es incluida en el listado mensual que el mismo proporciona al Prestador el día 1o de cada mes. Los beneficiarios deben tener domicilio legal y residencia permanente en la República Oriental del Uruguay. A efectos del presente servicio, se entiende por residencia la permanencia en el territorio nacional por al menos nueve meses al año.
b) Domicilio del Beneficiario: Es el domicilio que consta en el listado referido en el inciso anterior.
Obligaciones y responsabilidad: El Prestador queda relevado de responsabilidad cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor, tales como actos de sabotaje, guerras, catástrofes de la naturaleza, dificultades en los medios de comunicación o cualquier otro hecho que no haya podido preverse o que previsto no haya podido evitarse, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este condicionado. Cuando situaciones de esta naturaleza ocurrieran, el Prestador se compromete a (i) informar inmediatamente al Contratante para que tome los recaudos correspondientes y (ii) ejecutar sus compromisos dentro del menor plazo posible una vez que se hayan restablecido las condiciones de normalidad.
PROCESO GENERAL DE SOLICITUD DEL SERVICIO:
En caso de que un beneficiario requiera de los servicios contratados, se procederá de la siguiente forma
A) El Beneficiario que requiera del servicio se comunicará con la Central Operativa de Porto Servicios a los números telefónicos especificados en este documento, a través exclusivamente del número 24800180.
B) El Beneficiario procederá a suministrarle al funcionario de Porto Servicios que atienda la llamada respectiva, todos los datos necesarios para identificarlo como Beneficiario, así como los demás datos que sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio, tales como la ubicación exacta del Beneficiario; un número telefónico en el cual localizarlo; descripción por el Beneficiario de la urgencia que sufre y el tipo de ayuda que precise.
El personal de Porto Servicios únicamente prestará los servicios contemplados en este contrato, a las personas que figuren como Beneficiarios en la última nómina de socios activos a Plan CREDITON y en el hogar en el cual tenga declarado como domicilio.
C) Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, Porto Servicios le prestará al Beneficiario los servicios solicitados a los cuales tenga derecho de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones del presente documento.
D) Los servicios serán prestados siempre que el las condiciones de seguridad y salubridad que disponga el Beneficiario sean las adecuadas. A modo de ejemplo, se entienden por condiciones de seguridad la correcta instalación eléctrica, disponer de servicios de energía eléctrica, sanitaria, etc. provisto por empresas debidamente autorizadas a tales efectos y con conexiones realizadas en cumplimiento de las disposiciones normativas o reglamentarias vigentes. Se entienden por condiciones de salubridad a modo de ejemplo que en el domicilio donde se requiera la prestación del servicio no hayan personas con enfermedades contagiosas.
En caso de que el Beneficiario no cumpla adecuadamente con los requisitos indicados, Porto Servicios no asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con la no-prestación de los servicios relacionados con el presente contrato.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Porto Servicios podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros, bajo su responsabilidad.
I. ASISTENCIA AL HOGAR: Definiciones y Alcances de las Coberturas.
Servicio disponible las 24 hs, los 365 días del año en todo el país.
En caso que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido, el mismo será informado al Beneficiario con anterioridad a la prestación para que este pueda optar por la ejecución del mismo. Este excedente será cubierto por el Beneficiario por los medios de pago ofrecidos por Porto Servicios en dicha ocasión (red de cobranzas y tarjetas de crédito).
Sanitaria - Atención de urgencias cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones fijas y a la vista de agua, se produzca perdida de agua u obstrucciones. El técnico realizara la reparación de urgencia que se requiera para subsanar la avería, siempre y cuando el estado de las instalaciones lo permitan. La reparación estará limitada a averías que requieran reparación urgente. La cobertura de este servicio comprende las instalaciones internas de la vivienda, quedando excluidas las fallas imputables a instalaciones exteriores, colectivas o propiedad del prestador del servicio de agua.
Los costos del servicio antes indicado, desplazamiento del técnico, de materiales y mano de obra están cubiertos hasta el monto de $ 1.800 (pesos uruguayos mil ochocientos) impuestos incluidos por evento.
Electricidad - Atención de urgencias cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias en el interior del inmueble, se produzca falta de energía eléctrica total o parcial provocados por cortocircuito. En todos los casos, se procederá a la localización de la falla para el restablecimiento parcial o total de la energía, siempre que el estado de la instalación eléctrica lo permita. Asimismo, quedan excluidas las reparaciones provocadas por fallas del cableado exterior al inmueble o vinculadas al prestador del servicio de energía eléctrica.
La reparación estará limitada a fallas o averías que requieran urgente solución, no incluyendo trabajos de envergadura, como la renovación de tendidos eléctricos o reparaciones de magnitud.
Los costos del servicio antes indicado, desplazamiento del operario, de materiales y mano de obra están cubiertos hasta el monto de $ 1.800 (pesos uruguayos mil ochocientos) impuestos incluidos por evento.
Cerrajería - Atención de urgencias en casos de inutilización de cerradura, pérdida o extravío de llaves, quedando imposibilitado el acceso o salida del inmueble. También se contemplan el bloqueo de cerraduras interiores que imposibiliten el acceso a un ambiente del inmueble.
La reparación estará limitada a la apertura y/o reparación de la cerradura o cerrojo, o instalación de un nuevo sistema, pero no incluyendo los repuestos, juegos de llaves, ni el costo de los sistemas de seguridad.
Los costos del servicio antes indicado, desplazamiento del técnico, de materiales (según lo detallado anteriormente) y mano de obra están cubiertos hasta el monto de 1.800 (pesos uruguayos mil ochocientos) impuestos incluidos por evento.
Cristales - Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de cristales y/o vidrios verticales de puertas y ventanas que formen parte del cerramiento exterior de la vivienda, que impliquen inseguridad y desprotección para la misma y sus ocupantes, se procederá a la reposición e instalación de otros en su remplazo del mismo tipo y calidad.
Los costos del servicio antes indicado, desplazamiento del técnico, mano de obra y materiales incluyendo el cristal están cubiertos hasta 1.800 (pesos uruguayos mil ochocientos) impuestos incluidos por evento.
EXCLUSIONES GENERALES:
Los servicios de emergencia sólo se prestarán en la residencia declarada en el contrato de afiliado. Asimismo, será excluyente del servicio:
a) Cualquier falla o daño preexistente en los componentes e instalaciones en la residencia asegurada. Es falla preexistente, la que ya exista antes de la fecha de inicio de vigencia del contrato o de solicitud del servicio de asistencia hogar.
b) Cualquier reparación contratada directamente por el beneficiario.
c) Cualquier daño que se viese agravado por parte del beneficiario, cualquier ocupante del inmueble y/o cualquier persona contratada por el beneficiario a título gratuito u oneroso para la reparación del daño o de la falla.
d) Reparaciones de daños en los bienes muebles de la residencia declarada o de otros y que sean consecuencia de fallas en los servicios eléctricos, hidráulicos, sanitarios, de gas y por rotura de vidrios.
e) Daños intencionales, así como los causados por guerra, rebelión, asonada, motín, protesta, paro y situaciones que alteren la seguridad pública.
f) Daños por terremoto, erupción volcánica, inundación, y cualquier fenómeno natural.
g) Cuando por orden de autoridad competente se impida la ejecución de los trabajos.
h) Cuando cualquier autoridad competente con orden de allanamiento, cateo, aseguramiento, rescate, se vea obligada a forzar o destruir cualquier elemento de acceso como puertas, ventanas, cerraduras en la residencia asegurada.
i) Cambio o reposición de puertas de madera interiores y exteriores.
j) Recubrimientos de acabados de pisos, paredes, pisos, y techos como enchapes, azulejos, mosaicos, mármol, granito, tapiz, alfombra, pintura, madera, drywall, yeso, cielo raso, materiales de barro, entre otros.
EXCLUSIONES PARTICULARES:
Exclusiones al servicio de Cerrajería.- Quedan excluidas del presente servicio la apertura, cambio, reposición, o reparación de cerraduras de guardarropas y placares. Además, el cambio de las cerraduras de puertas interiores de acceso en el inmueble.
Exclusiones del servicio de Sanitaria .- Quedan excluidas del servicio, la reparación y/o reposición de averías propias de: grifos, cisternas, depósitos, calentadores junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, radiadores, calefones, calefactores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua, y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o filtraciones. Así como cualquier tipo de reparación en aéreas comunes de edificios de apartamentos u oficinas o en instalaciones propiedad de la empresa proveedora de agua (OSE).
Exclusiones al servicio de Electricidad.- Quedan excluidas del presente servicio, la reparación y/o reposición de averías propias de:
a) Enchufes o interruptores, elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o fluorescentes, balastros.
b) Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadora, secadoras, neveras y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico.
c) Cualquier tipo de reparación en áreas comunes o en instalaciones propiedad de la Empresa de Energía (UTE).
Exclusiones del servicio de Vidriería.- Quedan excluidas del presente servicio:
a) Cualquier clase de espejos, y cualquier tipo de vidrios que a pesar de ser parte de la edificación en caso de una rotura, no formen parte de cualquier fachada exterior de la vivienda que dé hacia la calle poniendo en peligro la seguridad del inmueble, sus ocupantes o terceros, vitrales o cualquier tipo de vidrio con ornamentación, decoración, pintura, pulido, vitrofusión, etc.
II. ASISTENCIA VEHICULAR: Definiciones y Alcances de las Coberturas.
Servicio disponible las 24 hs, los 365 días del año en todo el territorio nacional.
El servicio cubre vehículos de paseo y utilitarios hasta 2.000 kg.
Los vehículos de categoría especial se cotizarán de acuerdo a solicitud del beneficiario.
Mecánica Ligera.- Por mecánica ligera se entienden aquellos servicios cuya asistencia en vía pública tenga una duración máxima de 30 minutos. Quedan excluidos los cambios de repuestos o insumos.
Traslados.- El servicio contratado comprende un radio de hasta 50 km, a contar desde la base ubicada en cada Capital Departamental. El auxilio que se solicite para ser prestado a una distancia mayor deberá pagar el excedente de kilometraje.
Rescate de vehículos.- Se prestará el servicio siempre y cuando el vehículo se encuentre en lugares accesibles para nuestras unidades y pueda ser efectuado con las herramientas disponibles.
Servicios cancelados.- Cuando el afiliado cancele el servicio pasados los 10 minutos desde solicitado el mismo, el servicio se considera como efectivamente realizado.
Exclusiones Particulares:
En ningún caso tendrán cobertura las siguientes situaciones y/o daños:
1. Imposibilidad de movilización del vehículo por ausencia de conductor habilitado y/o documentación habilitante para conducir.
2. Fuerza mayor: El servicio de auxilio no se prestará cuando por razones fortuitas o de fuerza mayor, no se pueda llegar al lugar. Sin perjuicio de lo antes expuesto, el servicio se realizará dentro del menor plazo posible después de haber cesado el impedimento.
3. Trabajos de mecánica pesada tales como reparación de alternadores, correas de distribución, problemas de frenos, radiador, bombas de agua, homocinética, bomba de nafta, de gas-oil, cajas de cambios u otros servicios que requieran herramientas especiales para su reparación. Sin perjuicio de lo antes expuesto, en todas estas hipótesis, el afiliado tendrá derecho al servicio de traslado.
4. Traslado de vehículos sin empadronar.
5. Traslado de vehículos por pérdida de llaves o llaves adentro.
6. Traslados de vehículos con mercadería.
7. Auxilios solicitados como consecuencia de encontrarse el vehículo afiliado transitando, detenido o estacionado en lugares no habilitados para el tránsito, tales como playas, montes, arroyos, o campo traviesa (la ejemplificación antes indicada en ningún caso será taxativa).
8. Daños que se pudieran provocar durante las maniobras de rescate.
9. Servicios que pongan en riesgo el/los vehículos y/o la integridad física del auxiliador.
III. ASISTENCIA MASCOTAS: Definiciones y alcance de la cobertura
“Animal Asistido/Mascota”: Se entiende por Animal Asistido, solo perros (Canis familiaris) y gatos (Felis silvestris catus) indicados legalmente como domésticos o de compañía, que conviven con el Beneficiario en su residencia habitual, sin intención lucrativa y que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios.
“Accidente Cubierto”: Todo hecho aislado e involuntario que provoque una o más lesiones al Animal Asistido, claramente definido en tiempo y espacio, causado por un agente externo.
“Lesión”: Se entiende por lesión, todos y cada uno de los daños físicos en el Animal Asistido, resultante de un Accidente Cubierto.
“Emergencia Veterinaria”: Toda aquella situación que se presenta de una manera repentina, que requiere un tratamiento inmediato y que pone en peligro la vida del Animal Asistido.
“Dolencia preexistente”: Toda aquella dolencia o lesión resultantes de una dolencia crónica o preexistente a la contratación del servicio.
Servicios incluidos:
El servicio de Asistencia para Mascotas, cuyo condicionado se describe a continuación, incluye los siguientes servicios de asistencia: i) Asistencia Veterinaria a consultorio, ii) Asistencia Veterinaria de Emergencia por Accidente, iii) Orientación Jurídica Telefónica Relacionada con la Mascota, iv) Orientación Veterinaria Telefónica, v) Venta y Envío de Ración a Domicilio, vi) Información de Servicios Veterinarios Útiles.
Por esta modalidad, dentro de los límites que correspondan en cada caso y con arreglo a las condiciones aplicables, PORTO SERVICIOS cubre las prestaciones de asistencia antes mencionadas.
i. Asistencia Veterinaria a consultorio o a domicilio: En caso de requerirlo el Beneficiario podrá hacer uso de consultas en los consultorios asignados por PORTO SERVICIOS. La asistencia corresponderá a consultas sobre tratamiento o sintomatologías veterinarias, aplicación de medicamentos (estando excluido el costo del medicamento) o consultas de medicina general. El servicio será brindado en un plazo no superior a los 120 minutos a contar desde el llamado de solicitud de servicio o en forma coordinada. Las asistencias a consultorio serán dentro del horario de atención de la clínica veterinaria que lo provea. Para acceder al servicio el beneficiario deberá comunicarse telefónicamente a la central telefónica durante las 24 horas del día los 365 días del año a efectos que PORTO SERVICIOS coordine el referido servicio.
ii. Asistencia Veterinaria de emergencia: En caso de lesión del Animal Asistido, PORTO SERVICIOS cubrirá, exclusivamente en sus centros de atención veterinaria o en el domicilio, la asistencia veterinaria de emergencia que necesite la Mascota en función de la lesión que presente. El servicio será brindado en un plazo no superior a las dos (2) hs hábiles a contar desde el llamado de solicitud de servicio, Sólo se genera derecho a este servicio en caso que la lesión implique una Emergencia Veterinaria, esto será determinado por el Doctor Veterinario. Para acceder al servicio el beneficiario deberá comunicarse telefónicamente a la central telefónica durante las 24 horas del día los 365 días del año a efectos que PORTO SERVICIOS coordine el referido servicio.
iii. Orientación Jurídica telefónica relacionada con la mascota. Se brindará un servicio de orientación jurídica telefónica en relación a cualquier consulta legal vinculada directamente a situaciones vinculadas a la Mascota. No se asesorará en relación a ninguna otra materia legal que no se relacione directamente con el Animal Asistido. La consulta será atendida por uno de los abogados designados por nuestra central telefónica y se limitará a la orientación verbal respecto a la consulta planteada, sin emitir dictamen por escrito sobre la misma. No hay límites de cantidad de consultas para este servicio. Operativa del servicio. a) Apertura de expediente: El Beneficiario contacta a la Central para solicitar el servicio, procediendo a la apertura informática del expediente. Se anotará la fecha y hora en que el Beneficiario estará localizable para dar respuesta a sus consultas, todos los días las 24 hs. b) Asignación del servicio al asesor jurídico: Se agenda la llamada con el asesor jurídico, en un plazo no superior a las dos (2) hs a contar desde el llamado de solicitud de servicio, c) Realización de la consulta: Se realiza una llamada en conferencia entre ambas partes para que el Beneficiario pueda plantear sus consultas al Asesor Jurídico. d) Cierre de expediente: Una vez culminada la asistencia, se procede al cierre del servicio.
iv. Orientación veterinaria telefónica. Se brindará un servicio de orientación veterinaria telefónica relacionada al Animal Asistido con el siguiente alcance: dudas veterinarias generales (inclusive sobre la necesidad de llevar o no al animal a un veterinario), orientación telefónica sobre primeros socorros básicos en caso de pequeños accidentes domésticos y como proceder hasta que el animal recibe atención veterinaria efectiva, cambios comportamentales (Ej. cambios de comportamiento, orina en lugar inadecuado, coprofagia, etc.), cuidados del pelaje del animal, higiene (cómo dar un baño correctamente, frecuencia adecuada, cuidados a la hora del baño, etc), desparasitación, tratamiento anti-pulgas, vacunas del animal, dudas sobre dolencias (Ej. parvovirus, moquillo, leptospirosis, leishmaniasis, parásitos, zoonosis en general), dudas sobre los principales problemas que pueden ocurrir al convivir con un animal. La consulta será atendida por uno de los veterinarios designados por PORTO SERVICIOS dentro de dos (2) horas siguientes a la solicitud del servicio, y se limitará a la orientación verbal respecto a la consulta planteada, sin emitir informe por escrito sobre la misma. No hay límites de cantidad de consultas para este servicio. El presente servicio será brindado para todo el territorio nacional.
Operativa del servicio.
a) Apertura de expediente: El Beneficiario contacta a la Central para solicitar el servicio, procediendo a la apertura informática del expediente. Se anotará la fecha y hora en que el Beneficiario estará localizable para dar respuesta a sus consultas las 24 hs.
El Beneficiario debe dar toda la información sobre la Historia Clínica previa del Animal Asistido en cuanto sea necesario para la prestación de alguna de las asistencias contratadas
b) Asignación del servicio al Veterinario: Se agenda la llamada con el doctor veterinario, en un plazo no superior a las dos (2) hs a contar desde el llamado de solicitud de servicio,
c) Realización de la consulta: Se realiza una llamada en conferencia entre ambas partes para que el Beneficiario pueda plantear sus consultas al Veterinario.
d) Cierre de expediente: Una vez culminada la asistencia, se procede al cierre del servicio.
v. Envío de ración a domicilio: En caso que el Beneficiario lo requiriera, podrá solicitar el envío de ración a domicilio. PORTO SERVICIOS cubrirá los costos del traslado de la ración hasta el domicilio del Beneficiario, siendo de exclusivo cargo de este último el costo de la ración solicitada, la que deberá abonar con tarjeta de crédito exclusivamente como requisito previo para que se realice la entrega. Para acceder al servicio el beneficiario deberá comunicarse telefónicamente a la central telefónica durante las 24 horas del día los 365 días del año a efectos que PORTO SERVICIOS coordine el referido servicio. La entrega de ración se realizará únicamente en días hábiles, dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la solicitud del servicio por parte del Beneficiario. El presente servicio será brindado dentro de Montevideo.
vi. Información de servicios veterinarios útiles: A solicitud del Beneficiario, PORTO SERVICIOS le brindará la siguiente información sobre servicios veterinarios útiles: indicación de teléfonos de clínicas veterinarias, clínicas o sitios de aplicación de vacunas, lugares de adiestramiento, pet shops, baño y aseo de mascotas, hoteles de mascotas, spa caninos, laboratorios, farmacias, asociaciones, información de registro de animales en general. Para acceder al servicio el beneficiario deberá comunicarse telefónicamente a la central operativa durante las 24 horas del día los 365 días del año a efectos que PORTO SERVICIOS brinde la respuesta solicitada. No hay límites de cantidad de consultas para este servicio. El presente servicio será brindado dentro del territorio de las ciudades de Montevideo y Ciudad de la Costa de la República Oriental del Uruguay.
EXCLUSIONES
Sin perjuicio de las exclusiones generales indicadas en el cuerpo de este escrito, rige para la prestación del servicio de Asistencia a Mascotas las siguientes exclusiones específicas:
a) Lesiones y/o enfermedades que se produzcan en ocasión de la participación del Animal Asistido en eventos que sean objeto de apuestas, desafíos, riñas o cualquier evento que por su naturaleza exponga al Animal Asistido a accidentes.
b) Lesiones y/o enfermedades que se produzcan en ocasión de la participación del Animal Asistido en competiciones, prácticas deportivas, y pruebas preparatorias o entrenamientos.
IV. TELEMEDICINA: Definiciones y alcance de la cobertura
Doctari es una plataforma de digitalización de servicios de asistencia médica que da cobertura a múltiples instituciones en la región y cuenta con tecnología propia para asegurar la calidad de las interacciones remotas.
A través de Doctari podrá acceder a un staff médico para la coordinación de consultas con especialistas, durante las mismas podrá intercambiar video, voz, datos y mensajes de texto con el médico, y el historial quedará en sus registros. Al final de la consulta, recibirá un reporte por mail incluyendo las recomendaciones del profesional.
Telemedicina especialidades médicas
Definiciones específicas de este servicio.
“Usuarios/Beneficiarios”: Se entiende por Usuarios/Beneficiarios a las personas que adquirieron un Plan con derecho al servicio de Telemedicina aquí previsto. En el caso de menores que requieran asistencia de Pediatra, será el titular del servicio contratado quien podrá dar el beneficio a hijos menores a cargo.
Se deja expresa constancia que para los menores de 1 (un) año, por las especiales características de dichos pacientes al no ser la consulta presencial, será el profesional médico quien determine en el momento de la consulta si es posible su realización.
“Servicio de Telemedicina”: Se entiende por Servicio de Telemedicina al sistema de acceso a un profesional médico mediante una videoconferencia brindada por la Empresa.
“Padre, Madre o Tutor”: Es la persona responsable que registra al usuario menor de edad para una consulta, debiendo conservar la más estricta confidencialidad.
Generalidades del servicio de Telemedicina. La presente cláusula regula los términos y condiciones de acceso y uso del servicio de Telemedicina, con el alcance y hasta los límites que se definen en este Plan, las cuales tanto el Usuario, como el padre o madre y/o tutor en el caso que el Usuario sea menor de edad, deberán leer, entender y aceptar para hacer uso del Servicio.
El sólo acceso y/o utilización del Servicio de Telemedicina, de todos o parte de sus contenidos, implica la plena aceptación y alcance de lo previsto en el presente Clausulado.
El Servicio consiste en la posibilidad de que el Usuario realice una consulta no presencial, de carácter virtual, a un profesional médico en la especialidad medicina general, pudiendo optar por recibir orientación pediátrica en caso de solicitarlo.
La consulta tendrá una duración máxima de 15 ́ (quince minutos) y podrá ser realizada en días hábiles de lunes a viernes, en los horarios de 10 a 22hs.
Las consultas con especialidades detalladas serán coordinadas con una antelación mínima de 48 hs.
La consulta se realizará mediante un sistema de video llamada y con previa agenda de acuerdo con lo previsto en la operativa del servicio detallada más adelante.
Para solicitar el Servicio, el Beneficiario deberá contactarse con la central telefónica, al número exclusivo 24800180.
Alcance específico del servicio de Telemedicina:
El Beneficiario podrá efectuar con el equipo médico de la empresa prestadora de servicios médicos habilitado para tal fin, una consulta médica por videoconferencia online (también
denominada video consulta médica) relacionada con cuadros patológicos del Beneficiario.
El Servicio se encuentra sujeto a disponibilidad técnica del acceso a internet o servicio de conectividad que posea el Beneficiario y el equipamiento desde el cual desee acceder, lo cual depende exclusivamente del Beneficiario.
Consulta médica en las siguientes especialidades: Medicina General o Pediátrica, Ginecología, Psiquiatría, Psicología.
Dicha video consulta médica podrá versar exclusivamente sobre los siguientes aspectos:
• Orientación médica general o pediátrica, Ginecológica, Psiquiatría, Psicológica, Nutricionista.
• Procedimientos a seguir en determinadas patologías
• Centros médicos donde acudir para un tratamiento ambulatorio.
• Consejos ante emergencias médicas.
• Información sobre medicamentos y prescripciones.
Medicina preventiva
• Consejos de salud.
La consulta médica mediante este Servicio, no reemplaza ni sustituye la consulta médica presencial, ya sea en emergencia, en urgencia o coordinada.
EL PRESENTE SERVICIO DE TELEMEDICINA NO APLICA, NI DEBE SER UTILIZADO POR ESTAR FUERA DE SU OBJETO, EN CASO DE URGENCIAS Y/O EMERGENCIAS MÉDICAS. ESTE SERVICIO ATIENDE SOLO PRESTACIONES MEDICAS DE BAJA COMPLEJIDAD.
La videoconferencia puede ser realizada por cualquier Beneficiario que se encuentre debidamente registrado, ya sea para realizar una consulta personal o para cualquier otro integrante del núcleo familiar menor de dieciocho (18) años.
En el caso de las videoconferencias realizadas por menores de edad, únicamente se prestará el servicio, si al momento de hacer la videoconferencia, el menor se encuentra acompañado de un mayor de edad, con la excepción detallada anteriormente a los menores de 1 (un) año que por las especiales características de dichos pacientes al no ser la consulta presencial, será el profesional médico quien determine en el momento de la consulta si es posible su realización.
El Servicio únicamente se encuentra disponible para ser utilizado mediante el sistema de video llamada, no estando autorizado ni disponible a través de otro sistema diferente.
Receta médica electrónica: En oportunidad de la consulta médica por videoconferencia y si el médico que brinda el servicio de Telemedicina lo considera necesario a su exclusivo criterio, le podrá brindar al Beneficiario una prescripción de medicamentos, únicamente cuando la misma sea de receta blanca, en la cual se detalle la prescripción genérica del medicamento, la forma farmacéutica, posología, vía de administración y concentración. Dicha receta será enviada por correo electrónico a la dirección que el Beneficiario deberá de informar al momento de solicitar el servicio.
El Beneficiario podrá acceder a la video consulta médica desde un Navegador Web, ya sea en su ordenador personal o desde un dispositivo Android o IOS.
Obligaciones de los Usuarios. El Usuario deberá respetar en todo momento los términos y condiciones establecidos en la presente cláusula. De forma expresa, el Usuario manifiesta que utilizará el Servicio de forma responsable, diligente y asumiendo cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de las condiciones previstas en la presente cláusula y las generales del presente clausulado. El Usuario se compromete a proveer información correcta, verídica y actualizada de su persona al momento de registrarse o al momento de hacer cualquier actualización de su información personal. El Usuario declara que los antecedentes personales clínicos, mórbidos y demás datos que proporcione son verdaderos, y en ellos se fundamenta la atención que recibe.
Responsabilidad del Padre, Madre y/o Tutor para los registros de los menores de edad. El padre o madre y/o tutor, son los únicos responsables por la divulgación del usuario y contraseña de Usuario menor de edad, y el buen uso que efectúe de la misma, y son responsables por el uso de la contraseña que puedan realizar terceras personas.
Responsabilidad del Usuario que solicita el servicio para menores del núcleo familiar.
El Usuario mayor de edad que solicite el servicio de video conferencia para socios menores de edad, será responsable del buen uso del presente servicio y los efectos y consecuencias que generen en dicho menor.
En ningún caso PORTO SERVICIOS será responsable por las opiniones de los profesionales que atiendan las consultas realizadas en el marco del presente servicio.
Excepciones del servicio. No son objeto de esta prestación y por tanto no forman parte del servicio de Telemedicina los siguientes servicios y hechos:
• Se deja expresamente constancia que el Servicio NO INCLUYE EMERGENCIAS o URGENCIAS, solo incluye consultas con especialistas de medicina general, ginecología, psiquiatría, psicología, nutricionista, con exclusión de todas las demás especialidades. Por otra parte, el motivo de la consulta solo se limita exclusivamente a los aspectos médicos, excluyéndose por ejemplo y sin que ello sea taxativo, solicitud o repetición de recetas por medicación, certificaciones médicas, etc.
• También quedan fuera del objeto del servicio los siguientes hechos o servicios:
• Los gastos de Asistencia Médica, hospitalaria o sanitaria, ni ningún gasto médico en general. • Consultas por casos de emergencia y/o urgencias.
• Problemas médicos que pongan en peligro la vida o que pueda causar deterioro del paciente o que requieran de atención inmediata, como por ejemplo: o Dolor o presión en el pecho, o Hemorragia o sangrado significativo, o Pérdida de la conciencia, o Envenenamiento, o Quemaduras moderadas a severas, o Convulsiones/Epilepsia, o Dificultad para respirar, o Lesión grave de la cabeza, el cuello o la espalda, o Afectación grave de alguna extremidad, o Fracturas o hueso roto, o Afecciones del corazón o cerebrales o Todo lo que exceda la video consulta médica online prevista en esta cláusula.
· El Servicio únicamente se encuentra disponible para ser utilizado mediante el sistema de video consulta a través de la plataforma disponibilizada, no estando autorizado ni disponible a través de otro medio diferente.
· Todas las prescripciones (recetas) que no sean receta blanca.
Operativa del Servicio.
a) Apertura de expediente: El Beneficiario contacta para solicitar el servicio, procediendo a la apertura informática del expediente. Se registrará la fecha y hora en que el Beneficiario estará disponible para realizar su video consulta, en el horario de 10 a 22 horas de lunes a viernes, dentro de los turnos que se detallan en el literal b) siguiente y siempre sujeto a disponibilidad de agenda. El Beneficiario deberá informar motivo de consulta y deberá proporcionar una dirección de e-mail.
b) Asignación del servicio: Se agenda la video consulta médica online con el médico que determine el prestador de servicios de Telemedicina, de acuerdo con la disponibilidad, en un plazo no superior a las cuarenta y ocho (48) horas hábiles a contar desde el llamado de solicitud de servicio. Una vez confirmada la video consulta online, se le enviará al Beneficiario un link a con el cual deberá acceder a la video consulta el día y a la hora pactada. Los horarios de agenda, dentro de los cuales se agendará la consulta con los Beneficiarios son de acuerdo con la disponibilidad de agenda dentro de los turnos definidos.
c) Realización de la consulta: El día previsto y a la hora establecida, el Beneficiario deberá acceder a la video consulta médica online a través del link proporcionado vía correo electrónico, a través del cual se contactará con un Médico que determine el proveedor de servicio de Telemedicina, quien dará asistencia al Beneficiario. Regirá un período de tolerancia de 5 (cinco) minutos para que el Beneficiario se conecte a la consulta, pasado este plazo se dará como culminada la video consulta online, computando como un Hecho Garantizado respecto del cual se brindó efectivamente el servicio.
d) Cierre de expediente: Una vez culminada la asistencia, el Beneficiario recibirá en el correo electrónico informado, un mensaje con a) diagnostico preliminar, b) recomendaciones primarias, c) prescripción de medicamentos (si aplica) y d) un detalle de chat con el medico en caso de haber interactuado de ese modo por la plataforma. Encaso de solicitar cancelar o re-agendar la consulta, el Beneficiario tendrá plazo para dar aviso a la Central Telefónica hasta la hora veintitrés y cincuenta y nueve (23:59) del día anterior al que se realizará la misma. Pasado ese plazo, no se podrá cancelar ni re-agendar la videoconsulta, computando como un Hecho Garantizado.
En ningún caso PORTO SERVICIOS será responsable por las opiniones de los profesionales que atiendan las consultas realizadas en el marco del presente servicio.
IV. Telemedicina: Nutricionista.
PORTO SERVICIOS brindará a los Beneficiarios un servicio de asistencia telefónica por parte de un nutricionista, el cual brinda orientación y asesoría sobre la salud nutricional en cuanto a dietas, componentes calóricos de los alimentos, programas de ejercicio y control de peso.
Esta consulta telefónica podrá versar exclusivamente sobre los siguientes aspectos:
• Propiedades de determinados alimentos.
• Recomendación sobre cómo alimentarse según la temperatura y estación del año.
• Nutrientes que permiten cubrir los requerimientos de nuestro cuerpo.
• Calorías e ingestas recomendadas.
• Objetivos nutricionales.
• Errores comunes de alimentación.
• Confección de dietas equilibradas.
• Mitos y errores comunes de la alimentación.
La consulta será atendida por uno de los asesores nutricionales designados por la Central de Atención y se limitará a la orientación verbal respecto a la situación planteada por el
Beneficiario, sin emitir dictamen por escrito sobre la misma.
Queda exceptuado y por tanto no forma parte del presente servicio cualquier consulta relacionada directa o indirectamente con trastornos alimenticios y/o con cualquier patología alimentaria.
Operativa del Servicio
a) Apertura de expediente:
El Beneficiario contactará la Central Operativa para solicitar el servicio, procediendo a la apertura informática del expediente. Se anotará la fecha y hora en que el Beneficiario estará localizable para dar respuesta a sus consultas.
b) Asignación del servicio al asesor Nutricional: Se agenda la llamada con el asesor Nutricional, en un plazo no superior a las 48 horas hábiles a contar desde el llamado de solicitud
de servicio.
c) Realización de la consulta: El día previsto y a la hora establecida, la Central se contactará con el Beneficiario y el asesor Nutricional, quien dará respuesta a las cuestiones planteadas por el Beneficiario.
d) Cierre de expediente: Una vez culminada la consulta, se procede al cierre de expediente.
En ningún caso PORTO SERVICIOS será responsable por las opiniones de los profesionales que atiendan las consultas realizadas en el marco del presente servicio.
La tranquilidad de saber que contás con un abogado para tus consultas
Por más información, te invitamos a leer la sección "Servicios Adicionales" en nuestros Términos y Condiciones.
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-Vigencia: (la “Vigencia”) – del 1 de noviembre al 15 de diciembre del 2024.
En el presente documento se detallan los términos y condiciones para poder participar de la promoción Sorteo Smart TV que ofrecerá la empresa CreditON (VOLMET S.A.) (la “Empresa” o “CreditON”) durante el plazo de Vigencia a las personas que califiquen según se detalla a continuación.
1) Objeto: La Empresa realizará el sorteo de la Smart TV 65’ el miércoles 18 de diciembre del corriente año, y se le comunicará al ganador (único) por medio del correo electrónico que el ganador hubiera provisto a la Empresa en este sentido. Se deja constancia que el valor del producto objeto del sorteo es inferior a 2.000 UR razón por la cual no aplican el régimen del Decreto 192/984.
2) Requisitos para ingresar en el sorteo:
a) Realizar la solicitud de crédito entre el 1 de noviembre y el 15 de diciembre del 2024.
b) Que el crédito sea efectivamente otorgado por la empresa y debidamente desembolsado en cualquier sucursal de Redpagos.
c) Cumplir con los requisitos establecidos en los Términos y Condiciones de CreditON
Términos y Condiciones | Crediton
La oferta de crédito está reservada a aquellos clientes que la Empresa elija en función de su perfil crediticio y por lo tanto es posible que un cliente solicite un crédito y la Empresa decida no ofrecérselo.
3) Entrega del Producto. El producto le será entregado al cliente dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al sorteo en lugar a convenir entre la Empresa y el ganador del sorteo.
4) Garantía del producto.La Empresa proveerá al ganador del sorteo todos los datos del vendedor del producto para que éste último pueda realizar cualquier gestión o reclamo al respecto. En caso de defectos o fallas con el producto el ganador del sorteo el ganador del sorteo deberá gestionar – exclusivamente – ante el vendedor del producto el debido uso de la garantía. VOLMET S.A. no se responsabiliza por el funcionamiento del producto, siendo ello responsabilidad exclusiva del vendedor y no teniendo el ganador del sorteo reclamo alguno contra VOLMET S.A.
5) Cláusulas adicionales. El crédito otorgado será independiente del resultado del sorteo o del producto que se le entregue al cliente. El contrato a ser suscripto con CreditON en el cual se documente el préstamo no podrá ser afectado de manera alguna por cualquier hecho relativo a la promoción cuyos términos se detallan en el presente documento.
6) Información del producto. En cumplimiento de la ley 17.250 se pone en conocimiento todas las características del producto a ser objeto del sorteo: TV 65 pulgadas Aiwa Google TV 4K https://aiwa.com.uy/catalogo/smart-tv-65-aiwa-google-tv-4k_AW-65B4K_AW-65B4K.
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Promoción “AguinaldON” Noviembre-Diciembre 2024
-Vigencia: 11 de noviembre al 20 de diciembre de 2024 inclusive (la “Vigencia”)-
En el presente documento se detallan los términos y condiciones de la promoción AguinaldON que ofrecerá la empresa CreditON (VOLMET S.A.) (la “Empresa”) durante el plazo de Vigencia a las personas que califiquen y cuya solicitud sea aprobada según la revisión crediticia de la Empresa.
1) Criterios para calificar para el producto AguinaldON.
a. No tener un crédito vigente con la Empresa.
b. Ser mayor de 30 años y menor de 80
c. Ser ciudadano uruguayo y contar con CI uruguaya vigente emitida por la DNIC en buen estado. No se aceptan solicitudes de personas cuya residencia está en trámite.
d. Tener al menos tres (3) meses de antigüedad laboral según conste en el recibo de sueldo correspondiente.
e. Presentar una Constancia de domicilio a nombre del solicitante que tenga menos de 60 días de emitida por i) una empresa de servicios públicos (UTE, Antel, OSE, BSE, BPS etc.), ii) un banco o entidad financiera local (estado de cuenta de tarjeta de crédito, etc) o iii) empresas privadas que proveen servicios de telecomunicaciones o televisión por cable. No se aceptará como constancia de domicilio ningún otro documento que no entre dentro de esta lista así como tampoco se aceptarán constancias de domicilio emitidas por la Policía.
f. Presentar recibo de sueldo emitido por una empresa – pública o privada – residente en Uruguay. También se aceptarán recibos de jubilación o pensión pero quedará a criterio de la empresa si estos son elegibles para el AguinaldON o en su defecto para un crédito amortizable sin el beneficio del repago sin intereses a los 30 días. No se aceptan solicitudes de personas que se encuentran en seguro de paro.
g. No tener atrasos vigentes con entidades financieras.
h. Presentar un buen historial de pago con entidades financieras.
La oferta del AguinaldON está reservada a aquellos clientes que la Empresa elija en función de su perfil crediticio y por lo tanto es posible que un cliente solicite un AguinaldON y la Empresa decida no ofrecérselo pero sí le pueda ofrecer un préstamo amortizable sin los beneficios del AguinaldON en cuyo caso el cliente podrá aceptar o no la oferta en cuestión.
2) Condiciones del préstamo AguinaldON
a. La oferta de AguinaldON está sujeta a cambios unilaterales por parte de la Empresa por razones internas o de mercado.
b. El retiro del crédito bajo esta modalidad implica la aceptación de estas Bases y Condiciones así como de las decisiones que adopte la Empresa sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.
c. El cliente cuya solicitud de AguinaldON sea aprobada deberá elegir un plan de pago en cuotas en función de la oferta que la Empresa le realice (esto sujeto a aprobación crediticia).
d. Una vez aprobado el crédito, el cliente podrá concurrir a cualquier sub-agencia de Redpagos con su CI donde podrá retirar el efectivo, previo validación de su huella digital y deberá firmar el Vale correspondiente.
e. Si el cliente cancela el crédito dentro de los 30 días de otorgado, entonces solo deberá abonar el capital sin intereses ni gastos ni comisiones de ningún tipo. A tales efectos el Cliente deberá:
i. Cancelar el crédito al contado presentándose en cualquier sucursal de Redpagos o mediante los medios de pago electrónicos habilitados y cancelando el monto total de capital prestado, sin intereses o costos.
ii. No se aceptan cancelaciones parciales del préstamo, es decir en caso en que el cliente no pueda cancelar el crédito dentro de los 30 días de retirado, el crédito queda financiado en cuotas amortizables tal como lo hubiera pactado al momento del retiro.
iii. Durante los 30 primeros días de retirado el crédito, el cliente no tendrá derecho a hacer uso de los servicios adicionales (beneficios, asistencial legal y/o multiasistencia).
f. La no cancelación del préstamo dentro de los 30 días o la cancelación parcial implicará la financiación mediante cuotas amortizables del préstamo, conforme al plan de cuotas que el cliente hubiera elegido al aceptar la oferta y se aplicará la tasa de interés que se definió al momento de la otorgación del crédito. Todo esto constará de manera detallada y conforme a la legislación vigente en el documento de adeudo que hubiera firmado el cliente al retirar el Préstamo.
g. Al momento de convertirse en un crédito amortizable por falta de cancelación del crédito al contado, los intereses correrán retroactivamente sobre los 30 días desde la otorgación.
h. Una vez establecida la financiación mediante cuotas amortizables del préstamo serán aplicables todas las condiciones genéricas que rigen para todos los préstamos otorgados por la Empresa conforme a sus Términos & Condiciones (ver https://www.crediton.com.uy/terminos-y-condiciones).
i. En particular, al momento de convertirse en un crédito amortizable el cliente accederá a los Servicios Adicionales Contratados que se detallan en la sección (9) de los Términos & Condiciones los cuales podrá dar de baja en cualquier momento conforme a las condiciones que se detallan en los Términos & Condiciones.-
Perfil del Cliente | 4 | 6 | 9 | 12 | 15 | 18 | 24 | 36 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
A | 72.668% | 72.668% | 72.668% | 72.668% | 86.280% | 86.280% | 86.280% | 86.280% |
B | 63.668% | 63.668% | 63.668% | 63.668% | 77.280% | 77.280% | 77.280% | 77.280% |
C | 59.668% | 59.668% | 59.668% | 59.668% | 73.280% | 73.280% | 73.280% | 73.280% |
D | 65.000% | 65,000% | 65,000% | 65,000% | 65,000% | 65,000% | 65,000% | 65,000% |
E | 62.000% | 62,000% | 62,000% | 62,000% | 62,000% | 62,000% | 62,000% | 62,000% |
F | 57.500% | 57,500% | 57,500% | 57,500% | 57,500% | 57,500% | 57,500% | 57,500% |
Perfil del Cliente | 4 | 6 | 9 | 12 | 15 | 18 | 24 | 36 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
A | 102.491% | 102.491% | 102.491% | 102.491% | 130.065% | 130.065% | 130.065% | 130.065% |
B | 85.961% | 85.961% | 85.961% | 85.961% | 111.475% | 111.475% | 111.475% | 111.475% |
C | 79.019% | 79.019% | 79.019% | 79.019% | 103.663% | 103.663% | 103.663% | 103.663% |
D | 88,326% | 88,326% | 88,326% | 88.326% | 88.326% | 88.326% | 88.326% | 88.326% |
E | 83,036% | 83,036% | 83,036% | 83.036% | 83.036% | 83.036% | 83.036% | 83.036% |
F | 75,356% | 75,356% | 75,356% | 75.356% | 75.356% | 75.356% | 75.356% | 75.356% |
Perfil del Cliente: El perfil de cliente es una combinación de factores que estudia el departamento de análisis crediticio donde prevalecen: el historial crediticio, el comportamiento de pago, la información de los buró de crédito y la central de riesgos del Banco Central del Uruguay.www.bcu.gub.uy.